Juez aplica multa a la alcaldesa de Sucilá por descato de mandato judicial
- Diario Peninsular
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La Jueza Tercero de Distrito en el Estado, Licda. Karla Alexandra Domínguez Aguilar; impuso la multa a la alcaldesa por incumplir la condena a favor de los señores JUSTO PASTOR EK HUCHIM; BALTAZAR REYES MEDRANO y MARTÍN GIJÓN CITUK; ex trabajadores del municipio.
En su acuerdo la C. Juzgadora Federal concluye que: “…De lo anteriormente relatado y de la constancias relativas que obran en autos, se revela la conducta contumaz y evasiva de la citada responsable para cumplir el fallo protector, pues no se ha demostrado por parte del Cabildo del Ayuntamiento de Sucilá, Yucatán, las acciones pertinentes para acordar la inclusión en su presupuesto tanto de ingresos como de egresos, de la cantidad necesaria para cumplir la totalidad de la condena dictada en el expediente laboral 303/2015, no obstante sendos requerimientos de catorce de noviembre, doce y veintisiete de diciembre, todos de dos mil veinticuatro, seis de febrero, siete y veinticinco de marzo, treinta de abril y diecinueve de mayo, todos de dos mil veinticinco, los cuales le fueron debidamente notificados, tal y como se advierte de las constancias respectivas que obran en autos.
En ese sentido, las manifestaciones realizadas por la Presidenta Municipal y Representante Legal del Cabildo del Ayuntamiento de Sucilá, Yucatán, en cuanto a los impedimentos que presenta para el cumplimiento del pago de las cantidades condenadas en el laudo dictado en el juicio de origen; además de eso, no se advierte que esté realizando las acciones necesarias para el cumplimiento de la sentencia dictada en este asunto.
En consecuencia, para evitar mayores dilaciones en el procedimiento, y tomando en consideración que hasta la presente fecha la responsable de marras no ha acreditado haber dado cabal cumplimiento al fallo protector, no obstante haber sido requerida en diversas ocasiones, se hace efectivo el apercibimiento decretado en el auto de diecinueve de mayo de dos mil veinticinco y se IMPONE a la persona física que al diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, ocupó el cargo de “Presidenta Municipal y Representante Legal del Cabildo del Ayuntamiento de Sucilá, Yucatán”, UNA MULTA POR LA CANTIDAD DE VEINTISÉIS MIL VEINTIDÓS PESOS 20/100, MONEDA NACIONAL, equivalente a doscientas treinta Unidades de Medida y Actualización conforme al numeral 258, en armonía con el diverso ordinal 238, ambos de la Ley de Amparo.
Para estar en condiciones de hacer efectiva tal sanción, se requiere a la autoridad responsable sancionada, para que proporcione la Clave Única de Registro de Población que corresponda a su persona, reiterándose el apercibimiento decretado en párrafos previos para el caso de no cumplir o acreditar su imposibilidad para ello.
Por otra parte, con fundamento en el artículo 192 de la Ley de Amparo y en acatamiento a la tesis 1a./J. 107/2022 (11a.)1 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hágase lo anterior del conocimiento de las partes y requiérase nuevamente al Cabildo del Ayuntamiento de Sucilá, Yucatán, para que dentro del término de tres días, siguientes a la notificación del presente acuerdo, cumpla debidamente con la sentencia ejecutoriada en este asunto, en los términos establecidos en la misma.
Bajo el apercibimiento de que, en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se remitirá este expediente en que se provee al Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito, para lo que esa Superioridad estime procedente acordar respecto al trámite del procedimiento de inejecución de sentencia.
Notifíquese.
Así lo acordó y firma Karla Alexandra Domínguez Aguilar, Jueza Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, ante Juan Carlos Maiza Hau, Secretario de Juzgado, con quien actúa y da Fe.”.
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